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<!DOCTYPE article PUBLIC "-//NLM//DTD JATS (Z39.96) Journal Publishing DTD v1.1d3 20150301//EN" "http://jats.nlm.nih.gov/publishing/1.1d3/JATS-journalpublishing1.dtd">
<article xmlns:ali="http://www.niso.org/schemas/ali/1.0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink" xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" dtd-version="1.1d3" specific-use="Marcalyc 1.2" article-type="research-article" xml:lang="es"><front><journal-meta><journal-id journal-id-type="redalyc">251</journal-id><journal-title-group><journal-title specific-use="original" xml:lang="es">Analéctica</journal-title></journal-title-group><issn pub-type="epub">2591-5894</issn><publisher><publisher-name>Red de Esfuerzos para el Desarrollo Social Local, A.C. y Arkho Ediciones</publisher-name><publisher-loc><country>Argentina</country><email>revista@analectica.org</email></publisher-loc></publisher></journal-meta><article-meta><article-id pub-id-type="ark">https://n2t.net/ark:34892/437569</article-id><article-categories><subj-group subj-group-type="heading"><subject>Artículos</subject></subj-group></article-categories><title-group><article-title xml:lang="es">Analizar fallas en mecanismos de vigilancia en el servicio técnico del Programa de Resultados Preliminares (PREP) de la elección de 2020 por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo</article-title><trans-title-group><trans-title xml:lang="en">Analyze failures in surveillance mechanisms in the technical service of
the Preliminary Results Program (PREP) of the 2020 election by the General
Council of the State Electoral Institute of Hidalgo 

 </trans-title></trans-title-group></title-group><contrib-group><contrib contrib-type="author" corresp="no"><name name-style="western"><surname>Silva Rivera</surname><given-names>Maricela</given-names></name><xref ref-type="aff" rid="aff1"/><email>mary.jm.mx@gmail.com</email></contrib><contrib contrib-type="author" corresp="no"><name name-style="western"><surname>Cíntora Ordoñez</surname><given-names>Reyes Eliud</given-names></name><xref ref-type="aff" rid="aff2"/><email>eliudtoluca@gmail.com</email></contrib><contrib contrib-type="author" corresp="no"><name name-style="western"><surname>Lara Arizmendi</surname><given-names>Erick</given-names></name><xref ref-type="aff" rid="aff3"/><email>jefetlaco@gmail.com</email></contrib></contrib-group><aff id="aff1"><institution content-type="original">Grupo
de Estudio</institution><institution content-type="orgname">Instituto
Electoral del Estado de México</institution><country country="MX">México</country></aff><aff id="aff2"><institution content-type="original">Grupo
de Estudio</institution><institution content-type="orgname">Instituto
Electoral del Estado de México</institution><country country="MX">México</country></aff><aff id="aff3"><institution content-type="original"> Grupo
de Estudio</institution><institution content-type="orgname"> Instituto
Electoral del Estado de México</institution><country country="MX">México</country></aff><pub-date pub-type="epub-ppub"><season>Septiembre-Octubre</season><year>2022</year></pub-date><volume>8</volume><issue>54</issue><elocation-id>e437569</elocation-id><history><date date-type="received" publication-format="dd mes yyyy"><day>11</day><month>07</month><year>2022</year></date><date date-type="accepted" publication-format="dd mes yyyy"><day>15</day><month>08</month><year>2022</year></date></history><permissions><ali:free_to_read/><license xlink:href="https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/"><ali:license_ref xmlns:ali="http://www.niso.org/schemas/ali/1.0">https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/</ali:license_ref><license-p>Atribución-NoComercial-CompartirIgual (CC BY-NC-SA) 4.0</license-p></license></permissions><abstract xml:lang="es"><title>Resumen</title><p>La elección en que acontecieron estas particulares e inéditas circunstancias tienen de contexto la pandemia por COVID-19, que a todas las instituciones y personas del mundo tomó por sorpresa y que se manifestaron drásticamente en el año 2020; por lo anterior, cualquier previsión se vio superada por la realidad ante ese escenario.</p></abstract><trans-abstract xml:lang="en"><title>Abstract</title><p>The election in which these particular and unprecedented circumstances occurred has a context of the COVID-19 pandemic, which took all institutions and people in the world by surprise and which manifested itself drastically in 2020; Due to the above, any forecast was surpassed by reality in this scenario.</p></trans-abstract><kwd-group xml:lang="es"><title>Palabras clave</title><kwd>Hidalgo</kwd><kwd>PREP 2020</kwd><kwd>Análisis</kwd></kwd-group><kwd-group xml:lang="en"><title>Keywords</title><kwd>Hidalgo</kwd><kwd>PREP 2020</kwd><kwd>Analysis</kwd></kwd-group><counts><fig-count count="0"/><table-count count="0"/><equation-count count="0"/><ref-count count="5"/></counts></article-meta></front><body><sec sec-type="intro"><title>Análisis de contexto  

 </title><p><xref ref-type="fn" rid="fn9999">*</xref></p><p>De la descripción del caso planteado se pueden identificar diversas circunstancias que es pertinente considerar para brindar una adecuada opinión:</p><p><list list-type="order"><list-item><p> La
elección en que acontecieron estas particulares e inéditas circunstancias
tienen de contexto la pandemia por COVID-19, que a todas las instituciones y personas del mundo tomó por sorpresa y que se manifestaron
drásticamente en el año 2020; por lo anterior, cualquier previsión se vio superada por la realidad ante ese escenario.
No obstante, lo anterior, el Consejo
General del INE, como órgano rector nacional de los procesos electorales, tomó y emitió acuerdos -con la presunta intención de resolver la complejidad del reto constitucional de la renovación
del poder público tanto en Hidalgo como en Coahuila-
reagendando las fechas de la elección y habilitando
protocolos de actuación. Por lo cual,
los tiempos de las etapas que fueron suspendidas en abril de 2020 se movieron de tal suerte que la jornada
electoral se llevó a cabo el 18 de octubre de ese mismo año.</p></list-item><list-item><p>Consecuentemente, la etapa de “Preparación de la elección” sufrió cambios que volvieron técnicamente complejo, tanto para el IEEH como para el INE, considerar específicamente los aspectos técnicos que permitieran garantizar la etapa de “Resultados” en las condiciones que se enfrentaban, como se
desprende de la nota informativa número 176 emitida por el INE en el micro sitio electrónico CENTRAL ELECTORAL, donde se aprecia que no se debatió específicamente en la sesión correspondiente del INE las contingencias
técnicas que habrían que enfrentar mediante el PREP los OPLES o el mismo INE
(<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_2514737002_ref1">INE, 2020</xref>)</p></list-item><list-item><p>Existen
aún latentes, en el Órgano Interno de control del IEEH, tres procedimientos de responsabilidad relacionados con este
caso, además de una denuncia por el presunto delito de fraude y lo que resulte (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_2514737002_ref4">PORTER, 2023</xref>).</p></list-item><list-item><p>No
obstante que el IEEH presuntamente “informó”, horas
antes del inicio de la jornada electoral
respectiva, sobre “errores metodológicos y
técnicos” (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_2514737002_ref3">MONTOYA, 2020</xref>), lo cierto es que tenían previamente conocimiento del incumplimiento por parte de la empresa contratada para la
implementación del sistema PREP, dejando de lado el cumplimiento de la normatividad nacional en materia de
publicidad de los resultados, faltando
con su determinación, a los principios rectores de Legalidad y Certeza, no obstante que dicho OPLE sostuvo como
argumento de defensa el cumplimiento del principio de Máxima Publicidad, para evitar el riesgo de “vacío de información”.</p></list-item></list></p></sec><sec><title>1. ¿Qué mecanismos de vigilancia y control fallaron?</title><p><list list-type="alpha-lower"><list-item><p>  El proceso de contratación de la empresa “M”. - El mecanismo de adjudicación directa a proveedores de bienes y servicios relacionados con entidades públicas siempre conlleva un dejo de “sospecha”, al limitarse la competencia de proveedores y desde luego la transparencia en el dicho 2 mecanismo de selección; consecuentemente, se ve inmediatamente trastornado uno de los principios rectores del proceso electoral en cualquier entidad federativa y a nivel nacional. La consecuencia inmediata de esa falta de objetividad, genera la presunción de contratar proveedores no idóneos.</p></list-item><list-item><p>Falta
de un contrato sólido. - El
contrato realizado por el IEEH de fecha 18 de
mayo de 2020carece los requisitos mínimos indispensables que solicita su normatividad, esto es, la Ley y el
Reglamento de Adquisiciones, pues su estructura adolece de certeza.</p><p> La cláusula Quinta alude que se existirá un calendario de entregas, el cual no fue adjuntado al contrato, situación que deja en estado de indefensión al IEEM, dado que, al no formar como parte integra del contrato, no se cuenta con las fechas exactas para hacer exigible el cumplimiento o bien, las penalizaciones establecidas en el contrato, violentando el artículo 60 fracción XV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo, así como el artículo 58 fracción XII del Reglamento del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo en Materia De Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios; asimismo, esta cláusula aclara que si el proveedor incumplía con alguna entrega, este último tenía que realizar la devolución del anticipo, más los intereses correspondientes, situación que no ocurrió, pues el IEEH no aplicó el contrato. </p><p> Además, el IEEH pudo haber hecho efectiva la rescisión del contrato establecida en la cláusula Décima Tercera, dado que el proveedor no cumplió oportunamente con las entregas del servicio requerido y no cumplió con las cláusulas pactadas, circunstancias que pasaron por alto, tanto el Titular de la Unidad de Informática, como la Comisión Especial del Programa de Resultados Electorales Preliminares del IEEH.</p></list-item><list-item><p>  La falta de supervisión rigurosa del contrato de la empresa “M”. - El retraso era evidente desde los simulacros previos, ya que en las fechas acordadas faltó la entrega por parte de “M” del módulo electrónico de “Publicación de resultados”, sólo se validó la eficacia del módulo de escaneo y almacenamiento, por lo tanto, las fallas no se corrigieron oportunamente. Sin embargo, se puede apreciar que muy probablemente se generó el contacto con otra empresa en ese impasse, puesto que para la jornada electoral misteriosamente ya estaba “listo” el sistema de relevo “Preliminares Hidalgo 2020” y el INE ya tenía conocimiento de su existencia, aunque no había aprobado su uso. Aunado a lo anterior, es notorio y evidente, incluso en la actualidad (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_2514737002_ref2">2023</xref>) que el sitio no presenta los candados de seguridad de protocolo “https” - Protocolo de transferencia de hipertexto seguro- que implica que el sitio visitado no es una versión segura del protocolo HTTP que utiliza el SSL /TLS protocolo para cifrado y autenticación, por lo tanto, no garantiza el principio rector de Certeza, además de que los datos de registro de la entidad </p><p> (persona o institución) que creó el sitio no se publicitaron, generando grandes dudas sobre la transparencia del proceder del Consejo del IEEH. </p><p> Aunado a lo anterior, el contrato en la cláusula Novena menciona que habilitará a la Unidad de Informática para el cumplimiento, sin embargo, el titular de informática fue negligente al hacer cumplir las especificaciones establecidas en el contrato.</p></list-item><list-item><p>Falta
de mecanismos eficaces y sincrónicos de rendición de cuentas y transparencia.- El hecho de no haber tomado las
medidas administrativas correctivas
oportunamente y debidamente validadas por el INE para corregir la falta de cumplimiento de la empresa “M”
en las etapas de entrega de los módulos
de la plataforma puso de manifiesto
un inadecuado uso de los recursos
públicos entregados, la inadecuada e ineficaz gestión del dilema recursos/resultados y la deficiencia en la
solución legal del problema por ambas partes.</p></list-item><list-item><p> Legalidad. - La operación del programa
PREP está sujeta a lineamientos nacionales de carácter técnico-jurídico cuyo cumplimiento es sine qua non por la naturaleza del servicio que presta
para la renovación del poder público mediante los procesos electorales de carácter constitucional. El desapego a la norma es por sí mismo una causal grave
que genera falta de objetividad y profesionalismo, denota ausencia de transparencia y trasgresión a los demás
principios rectores del proceso electoral como el de legalidad, máxima publicidad, certeza y objetividad.</p></list-item></list></p></sec><sec><title>2. ¿Qué propuestas haríamos para que no ocurra un caso así en el Estado de México?</title><p><list list-type="alpha-lower"><list-item><p>Presencia
de supervisores de “procesos de contratación transparente” en los OPLES.
- Provenientes del INE o del Congreso
local.</p></list-item><list-item><p>Adecuado
procedimiento de contratación.
- Realizar un estudio de mercado pertinente
y presentarlo al Comité de Adquisiciones, para que antes de adjudicar un servicio, tengan los elementos
idóneos para determinar la capacidad de los posibles proveedores.</p></list-item><list-item><p> Implementación de mecanismos de evaluación y supervisión sincrónicos de la contratación. - Para garantizar el
cumplimiento oportuno de las etapas bajo criterios de penalización.</p></list-item><list-item><p>Involucramiento de expertos técnicos del INE o Universidad Local. - Establecer
protocolos para el involucramiento temprano de expertos técnicos, como la Unidad Técnica de Servicios de
Informática, en proyectos tecnológicos críticos;
asimismo, contar con un “Plan B” desarrollado tecnológicamente y de base en el IEEM, sujeto a certificación
antes del inicio de cada proceso electoral y
durante el mismo.</p></list-item><list-item><p> Capacitación
y Concientización: Proporcionar capacitación a los responsables de la supervisión de contratos para verificar eficazmente la correcta y oportuna
gestión de los recursos.</p></list-item><list-item><p> Asesoría adecuada. - Debe haber un acompañamiento de expertos en dos vertientes: jurídica y técnicamente; el
primero para orientar a los integrantes de los
Comités y Comisiones, para una elaboración adecuada de
instrumentos jurídicos, así como su correcta aplicación y el segundo para determinar características, alcances y posibilidades de creación y tiempo de los servicios (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_2514737002_ref5">Vargas, 2021</xref>).</p></list-item></list></p></sec></body><back><fn-group><fn id="fn9999"><label>*</label><p>Esta versión del marcado fue hecha por Realidad e Historia (Concepción, Chile) en 2026 sobre la base del XML original de la revista. Se normalizó el uso del identificador persistente ARK, el elocation ID y nuevas galeradas XML-JATS, EPUB, HTML y PDF. A excepción de lo antes explícitamente mencionado, no se realizaron cambios en el artículo. Las versiones anteriores se encuentran en Zenodo 10.5281/zenodo.10459704 y AmeliCA 2514737002.</p></fn></fn-group><ref-list><title><bold>Referencias</bold></title><ref id="redalyc_2514737002_ref1"><mixed-citation>INE (2020) “La Jornada Electoral en Coahuila e Hidalgo será el 18 de octubre, aprueba Consejo General”. Comunicado de Prensa 176, 30 de julio de 2020, Categoría al día. Central      Electoral;   recuperado    el                      29     de      noviembre                 de      2023 de: <italic><ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://centralelectoral.ine.mx/2020/07/30/la-jornada-electoral-coahuila-e-hidalgo-sera">https://centralelectoral.ine.mx/2020/07/30/la-jornada-electoral-coahuila-e-hidalgo-sera</ext-link>- 18-octubre-aprueba-consejo-general/</italic>
</mixed-citation><element-citation publication-type="book"><source>INE</source><year>2020</year></element-citation></ref><ref id="redalyc_2514737002_ref2"><mixed-citation>INE (2023) Lineamientos del Programa de Resultados Electorales Preliminares Repositorio Documental INE.</mixed-citation><element-citation publication-type="book"><source>INE</source><year>2023</year></element-citation></ref><ref id="redalyc_2514737002_ref3"><mixed-citation>Montoya, Juan Ricardo (2020) “Por falla técnica, rechaza INE uso del PREP en Hidalgo”, Diario “La Jornada”, 18 de octubre de 2020; recuperado el 29 de noviembre de 2023 de: <italic><ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://www.jornada.com.mx/noticia/2020/10/18/politica/por-falla-tecnica">https://www.jornada.com.mx/noticia/2020/10/18/politica/por-falla-tecnica</ext-link>- rechaza-ine-uso-del-prep-en-hidalgo-7902</italic>
</mixed-citation><element-citation publication-type="newspaper"><source>La Jornada</source><year>2020</year></element-citation></ref><ref id="redalyc_2514737002_ref4"><mixed-citation>Porter Velázquez, Rosa Gabriela (2023) Sin avances en caso Megaweb. Diario “La Crónica de hoy en Hidalgo”, 30 de abril de 2023; recuperado el 29 de noviembre de 2023 de: <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://www.cronicahidalgo.com/2023/04/30/sin-avances-en-caso-megaweb">https://www.cronicahidalgo.com/2023/04/30/sin-avances-en-caso-megaweb</ext-link>/</mixed-citation><element-citation publication-type="newspaper"><source>La Crónica de hoy en Hidalgo</source><year>2023</year></element-citation></ref><ref id="redalyc_2514737002_ref5"><mixed-citation>Vargas González, P. (2021). Hidalgo: elecciones y covid-19. La lucha municipal de 2020. <italic>Apuntes Electorales, 20</italic>(65), 103-136; recuperado el 29 de noviembre de 2023 de: <underline><ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://aelectorales.ieem.org.mx/index.php/ae/article/view/824/603">https://aelectorales.ieem.org.mx/index.php/ae/article/view/824/603</ext-link></underline>
</mixed-citation><element-citation publication-type="journal"><article-title>Hidalgo: elecciones y covid-19. La lucha municipal de 2020</article-title><source>Apuntes Electorales</source><year>2021</year></element-citation></ref></ref-list></back></article>
