El bloque de constitucionalidad, los derechos humanos y la soberanía. Apuntes para un constitucionalismo más allá del Estado (O si se vale hablar de constitucionalismo democrático)

  • Santos Romeo Barrientos Aldana Estudiante de Maestría en Derecho Constitucional

Resumen

La primera mitad del siglo XX constituye uno de los períodos más devastadores para la humanidad; la tarea por el reconocimiento de los valores humanos tuvo como consecuencia dos de las grandes masacres que aún siguen provocando la sensación de que hace falta sensibilizar a los seres humanos sobre el reconocimiento de sus propios derechos. Por tal motivo, este trabajo pretende incentivar y promover el debate en torno a la protección de los derechos humanos. Para ello, revisaremos el bloque de constitucionalidad, el control de constitucionalidad, el control de convencionalidad y la soberanía, para llegar así a lo que se conoce como constitucionalismo democrático y constitucionalismo supraestatal.

DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.6974843

Referencias

Atienza, M. (2017). Filosofía del derecho y transformación social. Madrid: Trotta.

Bauman, Z. (2017). La globalización: consecuencias humanas. México: Fondo de Cultura Económica.

Bobbio, N. (1991). El tiempo de los derechos. Madrid: Editorial Sistema.

Bobbio, N. (2014). Perfil ideológico del siglo XX en Italia. México: Fondo de Cultura Económica.

Bobbio, Norberto; Matteucci, Nicola; Pasquino, Gianfranco;. (1993). Diccionario de política. México: SIGLO XXI.

Calderón Cristal, A. I. (2020). Delimitación del bloque de constitucionalidad en el caso guatemalteco. Opus Magna Constitucional, 193-226.

Carta de la Organización de los Estados Americanos (1948) 30 de abril de 1948.

CIDH (2003) Caso Myrna Mack Chang Vs. Guatemala. Sentencia de fecha 25 de noviembre de 2003.

CIDH (2006) Caso Almonacid Arellano y otros Vs. Chile. Sentencia de fecha 26 de septiembre de 2006.

Constitución Política de la República de Guatemala (1985) 31 de mayo de 1985 (Guatemala.

Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados (1969) 23 de mayo de 1969.

Corte de Constitucionalidad (2013) Expediente 3340-2013; 18 de diciembre de 2013.

Corte de Constitucionalidad (2011) Expediente 4887-2011; 23 de marzo de 2011.

Corte de Constitucionalidad (1990) Sentencia 280-90; 19 de octubre de 1990.

Ferrajoli, L. (2009). Principia iuris. Una discusión teórica. Doxa, Cuadernos de Filosofía del Derecho, 393-434.

Ferrajoli, L. (2018). Constitucionalismo más allá del Estado. Madrid: Trotta.

Haba, E. P. (2004). El asunto del "fundamento" para los derechos humanos: ¡pseudoproblema! (O bien, cuestión de unas elucidaciones cuasiteológicas). Doxa, 429-435.

Highton, E. I. (2010). La justicia constitucional y su internacionalización: ¿hacia un ius constitucionale commune en América Latina? México: Universidad Nacional Autónoma de México.

Kelsen, H. (1995). ¿Quién debe ser el defensor de la Constitución? Madrid: TECNOS.

Nash Rojas, C. (2013). Control de convencionalidad. Precisiones conceptuales y desafíos a la luz de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, 489-509.

Paine, T. (2017). Los derechos del hombre. México: Fondo de Cultura Económica.
Suelt-Cock, V. (2016). El bloque de constitucionalidad como mecanismo de control constitucional. Vniversitas, 304.

Touraine, A. (2015). ¿Qué es la democracia? México: Fondo de Cultura Económica.

Zagrebelsky, G. (2007). Justicia constitucional y democracia. En M. Carbonell, Teoría del neoconstitucionalismo. Ensayos escogidos (pág. 99). Madrid: Trotta.

Publicado
2023-12-14
Sección
Artículos